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A partir del 30 de junio es obligatorio inscribir los contratos alimentarios en el registro

A partir del 30 de junio es obligatorio inscribir los contratos alimentarios en el registro

Están obligados a inscribir los contratos los compradores de productos agrícolas y alimentarios. Para ello deberán darse de alta en el registro y solo podrán consultar la información de los contratos que inscriben.

El registro, que depende del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), está adscrito a la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) y se puede realizar a través de un enlace de acceso en su página web.

Están exentos de la inscripción los contratos formalizados entre una cooperativa u otra entidad asociativa y sus socios en la entrega de los productos.

¿De dónde viene esta obligación? 

El Gobierno aprobó en diciembre de 2022 un decreto por el que se desarrolla dicho registro, que busca reforzar el cumplimiento la ley para el buen funcionamiento de la cadena alimentaria.

La finalidad del registro es suministrar a la AICA y al resto de las autoridades de las Comunidades Autónomas la información necesaria para comprobar que se cumple con la obligación de inscribir los contratos alimentarios y sus modificaciones, así como para realizar otras verificaciones en relación con la ley de la cadena alimentaria.

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